Decreto número 28742-MOPT, Reglamento a Emisión de Zarpe a las Embarcaciones de Bandera Nacional
Fecha
2000-07-07Autor
El Poder Ejecutivo de la República de Costa Rica
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Por cuanto la Ley Nº 2220 del 20 de junio de 1958 en su artículo 14 inciso f establece que cada vez que una embarcación se haga a la mar deberá solicitar el permiso de salida o zarpe y el Decreto Ejecutivo Nº 27917- MOPT de 10 de junio de 1999, establece que la Dirección General de Seguridad Marítima y Portuaria supervisará que las naves y buques operen en condiciones de seguridad y respetando la normativa vigente, por medio de la acción de las Capitanías de Puerto, este decreto reglamenta el control de la navegación de las embarcaciones nacionales a fin de garantizar la seguridad de la vida humana en el mar y asegurar una oportuna asistencia a las embarcaciones en caso de un percance.