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dc.contributor.authorMorales Díaz, Lidia María
dc.date.accessioned2016-04-28T20:59:21Z
dc.date.available2016-04-28T20:59:21Z
dc.date.issued2016-04-28
dc.identifier.urihttps://repositorio.uned.ac.cr/handle/120809/1468
dc.descriptionTrabajo final de graduación de 154 páginas en formato pdfes_MX
dc.description.abstractEl presente trabajo de investigación tiene como objetivo definir desde la óptica de los derechos humanos de las mujeres y la perspectiva género sensitiva, los criterios que ha empleado el Tribunal de Familia de San José a fin de garantizar el derecho contemplado en el artículo 3 de la Convención de Belem do Pará, cuando la mujer sobreviviente de violencia doméstica se encuentre dentro de la causa que contempla el inciso c) del artículo 7 de la Ley contra la Violencia Doméstica como producto de un daño psicológico. El tema a investigar es novedoso dentro del contexto nacional y local por cuanto no se cuenta con alguna investigación desde la óptica de los derechos humanos y la perspectiva género sensitiva referente a este tema. La investigación consiste en un estudio de carácter cualitativo y pretende analizar el papel que ha cumplido este órgano jurisdiccional a fin de garantizarle a la mujer sobreviviente de violencia doméstica, que se encuentre imposibilitada psicológicamente para denunciar, el derecho a vivir una vida libre de violencia en el hogar. El proceso indagatorio se basa en investigación documental y utiliza técnicas cualitativas como la entrevista semiestructurada y el análisis documental a cuatro resoluciones del Tribunal de Familia. La entrevista semiestructurada se dirigió a siete profesiones, entre estos(as) abogados(as), trabajadoras sociales y psicólogo, pertenecientes a la Delegación de la Mujer, Instituto Nacional de la Mujer, Tribunal de Familia de San José, Unidad de Apoyo Psicológico del Organismo de Investigación Judicial. 8 Por su parte, el análisis documental se efectúo a cuatro resoluciones emitidas por el Tribunal de Familia de San José, órgano encargado de conocer en segunda instancia de los procesos contra la violencia doméstica, dentro del período correspondiente al año 2002 al 2005, cuyo descriptor corresponde a la legitimación activa que contempla el inciso c) del artículo 7 de la Ley contra la Violencia Doméstica (Ley n.° 7586). A partir de la investigación se determina que el Tribunal de Familia de San José no ha garantizado el derecho contemplado en el artículo 3 de la Convención de Belem do Pará, puesto que en aquellos casos en que la mujer sobreviviente de agresión se encontraba imposibilitada psicológicamente para denunciar, han existido pronunciamientos judiciales que le exigen a esta persona una conducta a la que ella no puede responder, al dejar sin efecto las medidas de protección solicitadas por una persona mayor de edad a favor de esta mujer agredida. Amparándose en principios procesales, se desligan de la naturaleza jurídica de la ley, toda vez que no se valora la violencia de género existente en nuestra sociedad, ni el respeto a los derechos humanos de las mujeres. Entre las recomendaciones que considero necesario indicar, se encuentran las siguientes: capacitación en cuanto a género, derechos humanos de las mujeres y responsabilidad estatal a los profesionales encargados de administrar justicia; asimismo, la elaboración de un plan de trabajo interdisciplinario en donde ese juez o esa jueza sean partícipes de la valoración psicológica y social de la víctima, así como capacitar a los funcionarios judiciales; incluidos(as) aquí auxiliares judiciales encargados(as) de recibir denuncias de violencia doméstica, así como los jueces y juezas, acerca de la aplicación de instrumentos que permitan diagnosticar y medir el riesgo que corre una mujer víctima de violencia doméstica, a fin de contar con un dato capaz de predecir y alertar a la Fuerza Pública del riesgo que tiene esa persona que ha solicitado medidas de protección a su favor.es_MX
dc.description.sponsorshipUniversidad Estatal a Distancia de Costa Ricaes_MX
dc.language.isoeses_MX
dc.rightsCopyright de la Universidad Estatal a Distancia de Costa Ricaes_MX
dc.titleEl cumplimiento por parte del tribunal de familia de San José del derecho que tiene toda mujer de contar con una vida libre de violencia en el hogar cuando se encuentre imposibilitada psicológicamente para denunciares_MX


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