dc.description.abstract | En los últimos años se ha hecho pública una gran cantidad de actuaciones
irregulares de funcionarios que han consistido básicamente en desfalcos y
defraudaciones al erario público, las cuales han erosionado la credibilidad del
ciudadano en las instituciones del Estado.
Ello es consecuencia, quizá, en gran medida, de la falta de prevención de este
tipo de delitos, pues tradicionalmente se ha dado importancia, sobre todo, a los
delitos comunes.
A este respecto, es útil citar el numeral seis de los Principios rectores en
materia de prevención del delito y justicia penal en el contexto del desarrollo de un
nuevo orden económico internacional de las Naciones Unidas, que llamó la
atención respecto de que la prevención del delito “...no debe limitarse a
la
delincuencia común, sino considerar también aquellos actos que son especialmente
nocivos, por ejemplo, los delitos económicos y los que dañan el medio ambiente, el
tráfico ilícito de drogas, el terrorismo, el apartheid y otros delitos de gravedad
similar que menoscaban de manera particular la paz jurídica y la seguridad interna.
Esta categoría de delitos incluiría aquellos en que intervengan directa e
indirectamente personas, organizaciones a (sic)
instituciones públicas
y
privadas...”1
No es sino hasta hace poco que se da en Costa Rica una preocupación clara
por parte de las autoridades y de la ciudadanía ante hechos que causaron gran daño
1
ILANUD, Instrumentos Internacionales, Prevención del Delito Justicia Penal y Derechos Humanos, [ CD-
ROM]. San José, Costa Rica, 2003, Pág. 196
a la economía del país y que afectaron programas sociales que habían sido
diseñados para favorecer a las clases más desposeídas. | es_MX |