El derecho humano el acceso a la justicia y su incidencia en el procedimiento para juzgar delitos en flagrancia
Fecha
2014-03-03Autor
Díaz Sánchez, Roberto
Quiros Villalobos, kryssia
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Mostrar el registro completo del ítemResumen
El derecho humano de acceso a la justicia es uno de los pilares de un Estado de Derecho y el
respeto del mismo genera la aceptación y credibilidad del papel estatal en la misma sociedad.
El Estado, como ente director de la vida en sociedad, tiene la obligación de respetar y hacer
respetar el derecho de resolver las diferencias existentes tanto entre los seres humanos, como
entre éstos y el Estado mismo. Ese derecho de acceder a la justicia implica, no solo la
posibilidad de que el Estado sea el mediador para resolver el conflicto, sino también, que esa
labor se haga respetando una serie de elementos mínimos. Cuando el conflicto surge en sede
penal, esos elementos mínimos que se deben respetar son denominados garantías procesales y
ellas conforman un debido proceso que se debe cumplir para intentar alcanzar una solución o
sentencia más justa. El procedimiento expedito para juzgar los delitos en flagrancia,
instaurado a partir de la reforma procesal llevada a cabo en Costa Rica el veintidós de abril del
dos mil nueve, vino a hacer una serie de modificaciones que transgreden algunas garantías
procesales y su consecuente violación al debido proceso, generándose así una serie roces con
la Constitución Política de la República de Costa Rica y los instrumentos internacionales sobre
derechos humanos que resguardan estas garantías.