Situación actual de los crímenes de carácter internacional en la legislación Costarricense
Resumen
Los antecedentes para el establecimiento de un tribunal internacional para el juzgamiento de crímenes han sido diversos. El antecedente más importante es en los Juicios de Nuremberg. Estos juicios han sido objeto de grandes críticas debido a que en ellos se castigó penalmente a personas jurídicas y por no aplicar principios de temporalidad y territorialidad de los crímenes juzgados, entre otras razones, sin embargo estos Juicios han sido estimados por crear un progreso en materia de justicia internacional.
En 1948 la Organización de Naciones Unidas reflexionó acerca del hecho de establecer una Corte Internacional en la que se juzgaría delitos como el genocidio, crímenes de lesa humanidad y de guerra. Esta reflexión fue consecuencia de los graves crímenes que se suscitaron en la Segunda Guerra Mundial, principalmente el genocidio.
Las Naciones Unidas crearon la Convención sobre la Prevención y Sanción del delito de Genocidio. En la Convención los estados partes aseveran que el genocidio cometido en tiempo de paz o de guerra es un delito de derecho internacional que ellas se comprometen a prevenir y sancionar (ONU, 1948). En la Convención se mencionó la idea del establecimiento de la corte para juzgar dichos crímenes, la Asamblea General estableció un comité para preparar propuestas para el establecimiento, sin embargo, se pospuso.
Nuevamente, debido a arduos hechos presentados en Yugoslavia y en Ruanda en la década de los noventas que tuvieron como consecuencias miles de muertes, en 1992 la Asamblea General de la ONU instó a la Comisión de Derecho Internacional a que elaborara un proyecto de estatuto de una Corte Penal Internacional como se había previsto en la década de los cuarentas y cincuentas.
En 1994 se sometió a la Asamblea General el proyecto hecho por la Comisión de Derecho Internacional, posteriormente la Asamblea instauró el Comité ad hoc para el establecimiento de la Corte Penal Internacional.
La Asamblea General resolvió convocar una Conferencia Diplomática de plenipotenciarios en la ciudad de Roma, la cuál traería como resultado el Estatuto de Roma que conforma la Corte Penal Internacional.